Juzgado de Paz y Registro Civil
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Los Juzgados de Paz son uno de los órganos jurisdiccionales integrantes del Poder Judicial, en concreto el primer escalón de la organización jurisdiccional, y como tal existe un Juzgado de Paz en todos los municipios en los que no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.
Se trata de órganos judiciales en los que se pretende se dé solución a los pequeños problemas , de índole judicial o en materia de Registro Civil, que los vecinos de un municipio puedan tener diariamente, evitando así a los mismos tener que acudir a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: los juzgados de paz también se caracterizan por la no existencia de jueces de carrera para ser desempeñados, sino que se confieren los mismos a jueces legos; se trata, pues, de dar cobertura, desde esta perspectiva, a la pretendida idea de acercamiento al ciudadano de la justicia y de la administración que en torno a la misma se desenvuelve. Desde este planteamiento, cuando hablamos de Justicia de Paz nos referimos a los Juzgados de Paz y a la actividad que los mismos desallorran.
Juez de Paz: Manuel Martín León
Suplente: Pilar Lopez Cardoso
Secretario: Antonio M. León Muñoz
Direccion: C/ Cristobal Colón, 3
Horario: de atención al público. Miercoles de 17:30 a 18:30
Telefono: 954.83.90.02 Ext. 116
E-mail: jpaz.se.canadarosal@juntadeandalucia.es
SE RECOMIENDA PARA EVITAR COLAS Y DESPLAZAMIENTOS INNECESARIOS SOLICITEN CITA PREVIA A LA DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO IGUALMENTE SI NECESITAN INFORMACIÓN NOS LA COMUNIQUEN TAMBIEN POR CORREO ELECTRONICO.
Cometidos del Juez de Paz:
Conocimiento de faltas (destrozos en mobiliario urbano, casos de maltrato de animales, amenazas, injurias...).
- Actos de conciliación.
- Cumplimentas de exhortos.
Es el Registro municipal de hechos inscribibles tales como: nacimientos, matrimonios, defunciones y otros.
Delegado General del Registro Civil: Manuel Martín León.
Secretario: Antonio Manuel León Muñoz
Nacimientos:
- Plazo de registro: en los primeros ocho días tras el nacimiento.
- Documentación a aportar:
- Certificado de asistencia médica.
- Certificado del Centro Hospitalario.
- Cuestionario Estadístico (facilitado en el mismo Hospital o en el Registro Civil).
Matrimonios:
- Plazo de registro: en cualquier momento.
- Documentación a aportar:
- Certificación eclesiástica (facilita párroco). En caso de que sea un Matrimonio Civil se podrá iniciar registro en el propio Registro Civil.
Defunciones:
- Plazo: inmediatamente después del fallecimiento.
- Documentación a aportar:
- Certificado médico de las causas del fallecimiento. Esta documentación la puede entregar los propios familiares o cualquier persona delegada por la familia.
Direccion: C/ Cristobal Colón, 3
Horario: Miercoles de 17:00 a 19:00
Telefono: 954.83.90.02 Ext. 116
E-mail: jpaz.se.canadarosal@juntadeandalucia.es
SE RECOMIENDA PARA EVITAR COLAS Y DESPLAZAMIENTOS INNECESARIOS ENVIEN SOLICITUD DE INFORMACIÓN O CUALQUIER DUDA A LA DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO ANTERIORMENTE EXPUESTA.
